¿Qué son los presupuestos participativos?
Es una herramienta de democracia participativa directa, que sirve para que los ciudadanos puedan decidir sobre el futuro de una partida del Presupuesto Municipal.
Los vecinos realizan las propuestas, el personal técnico del Ayuntamiento evalúa su viabilidad, el Grupo Motor las valora y selecciona las 30 que serán sometidas al voto de los vecinos. El Ayuntamiento ejecuta las propuestas más votadas.
¿Quién puede participar?
Para la formulación de propuestas, pueden participar todos los mayores de 18 años, empadronados y titulares de inmuebles y actividades económicas radicados en el municipio.
En la votación pueden participar los mayores de 18 años empadronados en San Lorenzo de El Escorial hasta un mes antes del inicio de las votaciones.
Y también se puede participar formando parte del Grupo Motor.
¿Qué propuestas son finalmente ejecutadas?
En la votación pueden participar los mayores de 18 años empadronados en San Lorenzo de El Escorial hasta un mes antes del inicio de las votaciones.
Y también se puede participar formando parte del Grupo Motor.
¿Qué propuestas son finalmente ejecutadas?
Las propuestas más votadas por los vecinos que puedan ejecutarse dentro del presupuesto asignado para el proceso.
¿Cómo se puede formular propuestas?
Del 14 de noviembre al 9 de diciembre de 2022.
Del 14 de noviembre al 9 de diciembre de 2022.
A través de esta página web, en el apartado de los Presupuestos Participativos 2023.
También puedes presentar tus propuestas a través del Registro Municipal en el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, mediante la Sede Electrónica o presencialmente.
¿Qué es el Grupo Motor?
Un equipo de trabajo formado por voluntarios que colaboran con el área de Participación Ciudadana durante el proceso de Presupuestos Participativos en la difusión del proceso y en la valoración y selección de las propuestas que finalmente serán votadas por los vecinos.
¿Quién puede ser miembro del Grupo Motor?
Todos los mayores de edad que así lo deseen y que sean elegidos en la reunión constitutiva, que no tengan representación política u orgánica dentro de partidos, sindicatos o colegios profesionales.
¿Quiénes forman parte del Grupo Motor?
Las personas que lo presenten su candidatura y sean elegidas por votación en la sesión que se celebrará el 25 de noviembre de 2022 a las 19 horas en Casa de Cultura. Puedes consultar la composoción del Grupo Motor a través de este enlace
¿Cómo se pueden votar las propuestas?
Del 10 al 24 de enero de 2023 se habilitará la votación a través de esta página.
Además, se podrá votar de forma presencial en la Casa de Cultura, en su horario habitual de apertura, del 10 al 24 de enero.
¿Quiénes forman parte del Grupo Motor?
Las personas que lo presenten su candidatura y sean elegidas por votación en la sesión que se celebrará el 25 de noviembre de 2022 a las 19 horas en Casa de Cultura. Puedes consultar la composoción del Grupo Motor a través de este enlace
¿Cómo se pueden votar las propuestas?
Del 10 al 24 de enero de 2023 se habilitará la votación a través de esta página.
Además, se podrá votar de forma presencial en la Casa de Cultura, en su horario habitual de apertura, del 10 al 24 de enero.
¿Cuáles son las fases del proceso?
- Del 2 al 13 de noviembre de 2022, precampaña informativa. Durante esta fase, recibirás el folleto informativo.
- Del 14 de noviembre al 9 de diciembre de 2022, presentación de propuestas. Durante esta fase, podrás presentar tus propuestas.
- El 25 de noviembre de 2022 a las 19:00 hrs. en la Casa de Cultura, elección y constitución del Grupo Motor.
- Del 12 de diciembre de 2022 al 9 de enero de 2023, fase de evaluación de las propuestas, en las que los técnicos municipales evaluarán la viabilidad propuestas en base a los criterios que tienes más abajo. El Grupo Motor valorará todas las propuestas técnicamente viables conforme a los criterios establecidos en el reglamento. Ambas actas serán públicas.
- Del 10 al 24 de enero de 2023, votación de las propuestas.
- Del 25 de enero al 31 de diciembre de 2023, ejecución de las propuestas más votadas.
Pincha aquí para consultar el cronograma.
Pincha aquí para consultar el cronograma.
¿Cuáles son los criterios técnicos de viabilidad de las propuestas?
Se consideran inviables todas aquellas que:
a.-) Se presenten fuera del plazo indicado.
b.-) No sean de competencia municipal.
c.-) No estén debidamente identificadas con los datos de las personas que la presentan (Nombre, apellidos y documento de Identificación, teléfono de contacto y, en su caso, denominación de la Entidad ciudadana u otra persona jurídica a la que represente).
d.-) Sean contrarias al planeamiento urbanístico o a la legalidad vigente.
e.-) No puedan realizarse con cargo a la anualidad presupuestaria que corresponda.
f.-) Se presenten de manera incompleta, imprecisa, inexactas, e/o indeterminada, una vez requerida información a quién la proponga por el Personal Técnico Evaluador Principal.
g.-) Precisen ser ejecutadas por persona física o jurídica distinta del propio Ayuntamiento o que propongan que la ejecución de la propuesta sea realizada por quién realice la propuesta o por quién sugiera. La ejecución de todas las propuestas será realizada por el Ayuntamiento con medios propios o mediante un proceso de contratación.
h.-) Requieran la firma de un convenio para su ejecución.
i.-) Propongan un coste estimado de la inversión que supere el límite máximo de 15.000 € (incluido IVA).
j.-) Precise de la colaboración de voluntariado o de otras entidades ciudadanas o instituciones, etc. para su desarrollo
k-) No puedan incluirse en los capítulos de gastos corrientes o inversiones del presupuesto municipal.
l.-) Conlleven nueva contratación de personal por parte del ayuntamiento.
m.-) Conlleven una subvención o cualquier tipo de transferencia de fondos.
n.-) Se correspondan con actuaciones en desarrollo, o actuaciones previstas en contratos o que estén en proceso de estudio o tramitación en el momento de realizarse la evaluación. Esta situación tendrá que acreditarse con la correspondiente documentación fechada que se adjunte (registro de entrada, correo electrónico, etc.) o informe del área que esté estudiando el proyecto.
ñ.-) Que la propuesta afecte a una actuación que haya sido ejecutada en los cinco últimos ejercicios presupuestarios anteriores.
o.-) Que la propuesta se haya ejecutado anteriormente con cargo a los Presupuestos Participativos de los cinco últimos años.
p.-) Que sea inviable por otros motivos técnicos, económicos o legales motivados por el personal técnico municipal.
¿Qué normativa rige el proceso?
La normativa base del proceso es el Reglamento de Participación Ciudadana y las Instrucciones nº 1 y nº 2, para el desarrollo de los Presupuestos Participativos.