¿Qué son Presupuestos Participativos?
Es una herramienta de democracia participativa directa, que sirve para que los ciudadanos puedan decidir
sobre el futuro de una partida del Presupuesto Municipal.
Los vecinos realizan las propuestas, el personal técnico del Ayuntamiento evalúa su viabilidad, el Grupo
Motor las valora y selecciona las 30 que serán sometidas al voto de los vecinos. El Ayuntamiento ejecuta
las propuestas más votadas.
¿Quién puede participar?
Para la formulación de propuestas, pueden participar todos los mayores de 18 años, empadronados y
titulares de inmuebles y actividades económicas radicados en el municipio.
En la votación pueden participar los mayores de 18 años empadronados en San Lorenzo de El Escorial hasta
un mes antes del inicio de las votaciones.
Y también se puede participar formando parte del Grupo Motor.
¿Qué propuestas son finalmente ejecutadas?
Las propuestas más votadas por los vecinos que puedan ejecutarse dentro del presupuesto asignado para el
proceso.
¿Cómo se puede formular propuestas?
A través de esta página web, en el apartado Presentación de Propuestas de la sección Presupuestos
Participativos.
También puedes presentar tus propuestas a través del Registro Municipal en el Ayuntamiento de San Lorenzo
de El Escorial, mediante la Sede Electrónica o presencialmente.
¿Cómo se pueden votar las propuestas?
Se habilitará la votación a través de esta página.
Además, se podrá votar de forma presencial en la Casa de Cultura, en su horario habitual de apertura
¿Cuáles son las fases del proceso?
¿Cuáles son los criterios técnicos de viabilidad de las propuestas?
Se consideran inviables todas aquellas que:
- Las propuestas que se presenten fuera del plazo indicado.
- Las propuestas en las que no aparezca debidamente identificada la persona que la presenta (Nombre,
apellidos y documento de Identificación, teléfono de contacto y, en su caso, denominación de la Entidad
ciudadana u otra persona jurídica a la que represente)..
- La propuesta cuya ejecución no sea de competencia del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial o sea
contraria al planeamiento, al orden pacífico o a la legalidad vigente.
- Que la propuesta no pueda ejecutarse en el año del Presupuesto Participativo al que corresponda.
- Las propuestas que sean inexactas o indeterminadas podrán ser excluidas una vez que se haya solicitado
la concreción establecida en el párrafo quinto de la instrucción tercera, y esta no se haya realizado o
se hubiera realizado de forma insuficiente.
- Las propuestas que para su ejecución requieran la firma de un convenio.
- No se admitirán las propuestas que conlleven nueva contratación de personal por parte del
Ayuntamiento. Se excluye cualquier tipo de transferencia directa o subvención.
- Que las propuestas presentadas se correspondan con actuaciones en desarrollo o cuyo inicio ya
estuviera acordado por el órgano competente.
- Que el coste estimado de la inversión de la propuesta supere el límite máximo de 15.000 € (incluido
IVA). Si el personal técnico considera que el presupuesto es superior a dicha cantidad podrá contactar
con quién haya realizado la propuesta con el objeto de que reformule la propuesta para ajustarla
presupuestariamente al mencionado límite.
- Que la propuesta afecte a una actuación que haya sido ejecutada en los cinco últimos ejercicios
presupuestarios anteriores.
- Que la propuesta se haya ejecutado anteriormente o afecte a otra propuesta ejecutada con cargo a los
Presupuestos Participativos de los cinco últimos años.
- Que sea inviable por otros motivos técnicos, económicos o legales a juicio de los técnicos
municipales.
¿Qué normativa rige el proceso?
La normativa base del proceso es el Reglamento de Participación Ciudadana y
las Instrucciones para el desarrollo de los Presupuestos Participativos.